Definición
Las medidas reforzadas de diligencia debida (Enhanced Due Diligence, EDD) son las comprobaciones y el seguimiento intensificados que exigen los supuestos de riesgo elevado — arts. 11 a 16 de la Ley 10/2010 —, por ejemplo ante personas con responsabilidad pública o países con deficiencias estratégicas.
Cuándo se aplican medidas reforzadas
Cuando el riesgo de blanqueo es elevado, las medidas normales no bastan. La Ley 10/2010 dedica a estos supuestos sus arts. 11 a 16: el art. 11 ordena aplicar medidas reforzadas respecto de los países que presenten deficiencias estratégicas en sus sistemas de prevención y en cualesquiera otros supuestos de alto riesgo de blanqueo o financiación del terrorismo; el art. 14 lo hace ante las personas con responsabilidad pública. A ello se suman las operaciones inusualmente complejas o sin lógica económica aparente, que además exigen un examen especial.
Qué significa «reforzada» en la práctica
Más profundidad y más autorizaciones: información adicional sobre el cliente, el titular real, el origen de los fondos y el trasfondo de la operación; la aprobación de la dirección para establecer o mantener la relación; y un seguimiento continuo más estrecho. En el caso de las PEP, las medidas reforzadas continúan además durante dos años tras el cese en la función pública.
Hoy frente a 2027
La lógica se mantiene bajo el AMLR y se armoniza en toda la UE. En ambos mundos lo decisivo es que su análisis de riesgo defina con claridad cuándo su despacho o empresa pasa de las medidas normales a las reforzadas — y que ese salto quede documentado en el expediente.
Términos relacionados
Información general, no asesoramiento jurídico. Esta definición informa con carácter general sobre las obligaciones europeas y españolas de prevención del blanqueo de capitales. El marco regulatorio sigue evolucionando hasta 2027 — consulte las fuentes primarias (BOE, EUR-Lex y el SEPBLAC) y obtenga asesoramiento cualificado antes de actuar.