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Software de prevención del blanqueo para sujetos obligados en Barcelona

Barcelona mezcla un mercado inmobiliario con compradores de medio mundo, un tejido denso de gestorías y asesorías, despachos con clientela internacional y el ecosistema de startups que más sociedades constituye del país. CompliDesk reúne diligencia debida, screening, análisis de riesgo y comunicaciones en un solo flujo — conforme a la Ley 10/2010 hoy, preparado para el AMLR desde el 10 de julio de 2027.

Sobre el terreno en Barcelona

La prevención del blanqueo en el día a día barcelonés

Cuando el comprador de un piso en el Eixample es una sociedad extranjera, la pregunta obligada es quién está detrás: la consulta de titularidades reales (RCTIR, Real Decreto 609/2023) y el screening de sanciones y PEP son el pan de cada día de las inmobiliarias barcelonesas — igual que el límite español de 1.000 € a los pagos en efectivo con empresarios.

Las gestorías y asesorías catalanas llevan años como sujetos obligados sin restricción de catálogo; los despachos, en las operaciones del catálogo — inmobiliario, fondos, constitución de sociedades. La escena emprendedora añade lo suyo: quien constituye y domicilia sociedades para terceros también está dentro del perímetro de la Ley 10/2010.

Un apunte práctico: esta web puede mostrarse en catalán con un clic (traducción automática, con el español como versión de referencia) — el selector de idioma está arriba a la derecha.

¿No tiene claro si su negocio es sujeto obligado del art. 2 de la Ley 10/2010? Haga la comprobación rápida →

Para quién

Sujetos obligados en Barcelona para los que estamos construidos

La Ley 10/2010 los llama «sujetos obligados» (art. 2); el AMLR, «obliged entities». Sea cual sea la etiqueta: si su negocio en Barcelona está en esa lista, el nuevo marco europeo le aplicará directamente a partir del 10 de julio de 2027 — y la ley española le aplica ya hoy.

Asesores fiscales y contables

Sujetos obligados sin restricción de catálogo — la columna vertebral de la pyme catalana.

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Abogados y procuradores

Obligados en las operaciones del catálogo: inmobiliario, gestión de fondos, sociedades.

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Inmobiliarias y promotores

Compradores internacionales, sociedades adquirentes — identificación y titular real en cada operación.

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Comerciantes de bienes

Del Portal de l’Àngel al comercio de arte: el efectivo por encima del límite no es una opción.

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Servicios a sociedades

La capital española de la constitución de startups — actividad de sujeto obligado.

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10 de julio de 2027

Qué cambia el AMLR para un negocio en Barcelona

El Reglamento (UE) 2024/1624 se aplica directamente en toda la UE — las mismas reglas en Barcelona que en cualquier otro Estado miembro. Hasta entonces sigue rigiendo la Ley 10/2010. Los cambios principales:

01

Diligencia debida desde 10.000 €

Con el Reglamento (UE) 2024/1624, las operaciones ocasionales exigirán diligencia debida a partir de 10.000 € (art. 19.1 AMLR) — el mismo umbral en toda la UE, directamente aplicable.

02

Umbral de 3.000 € para efectivo

Las operaciones ocasionales en efectivo desde 3.000 € activarán la diligencia debida (art. 19.4 AMLR) — relevante allí donde el cliente todavía paga en metálico.

03

Límite europeo de 10.000 € al efectivo — España ya es más estricta

El AMLR impone un tope europeo de 10.000 € a los pagos comerciales en efectivo (art. 80). En España cambia poco: el límite nacional es de 1.000 € cuando interviene un empresario o profesional (art. 7 de la Ley 7/2012, reformado por la Ley 11/2021), y seguirá aplicándose por ser más estricto.

04

«25 % o más»: nueva definición de titular real

La definición europea pasa a «25 % o más»: quien posea exactamente el 25 % será titular real por primera vez. Las obligaciones de consulta al Registro Central de Titularidades Reales (Real Decreto 609/2023) continúan.

05

Funciones de cumplimiento con nombre propio

El AMLR exige un gestor de cumplimiento en el órgano de dirección (art. 11.1) y un responsable de cumplimiento (art. 11.2), en la línea de lo que la norma española ya conoce: el representante ante el SEPBLAC y el órgano de control interno (art. 35 del RD 304/2014).

06

Las comunicaciones siguen yendo al SEPBLAC

La comunicación por indicio de operaciones sospechosas se dirige al SEPBLAC — sin avisar al cliente — y así seguirá funcionando el canal español bajo la coordinación de la nueva autoridad europea AMLA.

Más detalle en nuestra página sobre el Reglamento europeo.

Sin cita presencial

Todo es online — esté donde esté en Cataluña

Se lo decimos con franqueza: CompliDesk no tiene oficina en su calle — ni la necesita. Es software en la nube, alojado en la UE (AWS eu-west-1, Dublín). Un despacho en Barcelona da de alta a sus clientes, los verifica y prepara su documentación íntegramente online.

Alta de clientes desde el despacho

Usted envía un enlace seguro de alta; la verificación de identidad (KYC y KYB) se hace online a través de Didit. Sin carpetas de papel ni citas presenciales.

Screening y seguimiento desde cualquier lugar

El cribado de sanciones y PEP contra listas de la UE, la ONU y bases PEP vía OpenSanctions se ejecuta en el navegador — en el alta y de forma continua después.

La documentación se prepara online

Sus políticas y procedimientos de prevención y el expediente de cada cliente se construyen en la plataforma — con pista de auditoría y conservación durante diez años (art. 25 de la Ley 10/2010).

Demos por videollamada

Cada demo es una videollamada a la hora que encaje en la agenda de su despacho — reserve una y vea la plataforma en su propia pantalla.

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Información general, no asesoramiento jurídico. Esta página informa con carácter general sobre la Ley 10/2010 y el Reglamento (UE) 2024/1624; no sustituye el asesoramiento jurídico, fiscal o de compliance. Consulte las fuentes primarias (BOE, EUR-Lex, SEPBLAC, su órgano supervisor) y obtenga asesoramiento cualificado antes de actuar.