Definición
El SEPBLAC — Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias — es la unidad de inteligencia financiera de España y autoridad supervisora en materia de prevención del blanqueo. Recibe las comunicaciones por indicio de los sujetos obligados.
Qué es el SEPBLAC
El Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias — SEPBLAC — es la pieza operativa central del sistema español de prevención. Reúne dos funciones que en otros países están repartidas:
- Es la [unidad de inteligencia financiera](/glosario/uif) de España: recibe y analiza las comunicaciones por indicio de los sujetos obligados y traslada la inteligencia resultante a las autoridades competentes.
- Es autoridad supervisora de la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, con actuaciones de inspección planteadas bajo un enfoque basado en el riesgo.
Qué relación tiene con usted un sujeto obligado
Tres puntos de contacto principales:
- Comunicar: toda operación con indicio o certeza de relación con el blanqueo se comunica al SEPBLAC (art. 18 de la Ley 10/2010), por sus formularios y canales telemáticos propios — España no utiliza el portal goAML de otras UIF.
- Designar: los sujetos obligados designan un representante ante el SEPBLAC (art. 35 del Reglamento, Real Decreto 304/2014), responsable del cumplimiento de las obligaciones de comunicación.
- Acreditar: el manual de prevención y las políticas y procedimientos del art. 26 de la Ley se mantienen a disposición del SEPBLAC, y sus recomendaciones sobre medidas de control interno son la referencia práctica del sector.
Un error frecuente
Confundir comunicar con ser supervisado — y concluir que, si nunca se ha comunicado nada, el SEPBLAC no le concierne. La designación del representante, el manual, el análisis de riesgo y la capacidad de comunicar por el canal correcto se exigen antes del primer indicio, no después.
Términos relacionados
Información general, no asesoramiento jurídico. Esta definición informa con carácter general sobre las obligaciones europeas y españolas de prevención del blanqueo de capitales. El marco regulatorio sigue evolucionando hasta 2027 — consulte las fuentes primarias (BOE, EUR-Lex y el SEPBLAC) y obtenga asesoramiento cualificado antes de actuar.