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Formación del personal en prevención del blanqueo (art. 29)

El art. 29 de la Ley 10/2010 obliga a adoptar las medidas oportunas para que los empleados conozcan las exigencias de la norma. Detrás de la frase hay una idea simple: la prevención falla donde falla la primera persona que atiende al cliente — la que acepta el efectivo, abre el expediente o pasa por alto la señal.

Para un despacho pequeño, la formación no necesita un aula ni un presupuesto de banco: necesita un plan corto, contenidos pegados al puesto y evidencias. Esta guía monta las tres cosas.

Paso a paso

1

Definir quién necesita saber qué

No todo el mundo necesita lo mismo: quien da de alta clientes debe dominar la identificación formal (art. 3) y el titular real; quien cobra, los límites del efectivo; todos, las señales de alerta y el circuito interno de escalado. Haga la matriz puesto por puesto — en un despacho de cuatro personas cabe en media página.
2

Fijar un plan anual realista

Programe la formación con calendario: una sesión de base para todo el equipo, un refuerzo específico para los puestos expuestos y una píldora de actualización cuando cambie la norma — la llegada del AMLR el 10 de julio de 2027 es la próxima cita segura. Un plan modesto y cumplido vale más que uno ambicioso e imaginario.
3

Enseñar sobre sus casos, no sobre teoría

Los contenidos que funcionan salen de su práctica: el cliente que fracciona pagos, la sociedad con titular real imposible de trazar, la operación sin lógica económica. Recorra el circuito completo con un caso: detectar → examinar (art. 17) → escalar al representante → comunicar o descartar motivadamente.
4

Incorporar la formación a las altas nuevas

Cada incorporación recibe la formación básica antes de tocar clientes — la identificación previa del art. 3 no admite un periodo de gracia. Deje previsto en el manual quién la imparte y con qué material, para que no dependa de que alguien se acuerde.
5

Registrar cada acción con sus evidencias

Fecha, contenidos, asistentes, material empleado y, si la hay, la prueba de aprovechamiento. Sin registro, la formación no existe a efectos de una inspección o del examen del experto externo (art. 28) — que revisará precisamente sus medidas de control interno. Las evidencias siguen el régimen general de conservación del art. 25.
6

Cerrar el círculo con lo aprendido

Las preguntas que surgen en una sesión señalan los huecos del manual; los errores reales del año marcan el temario del siguiente. Revise el plan cada año con el informe del experto externo delante — formación y manual deben contarse la misma historia.

Con CompliDesk

CompliDesk incluye un registro de formación integrado: módulos por puesto, seguimiento de quién completó qué y cuándo, y evidencias exportables para el experto externo o el SEPBLAC — sin hojas de cálculo paralelas.

La formación protege a quien la recibe

Un empleado formado sabe rechazar el cobro prohibido y escalar la duda sin fricción — y puede demostrar que actuó bien. La formación documentada protege a la firma y a las personas, en ese orden y a la vez.

Información general, no asesoramiento jurídico. Esta guía informa con carácter general sobre las obligaciones españolas y europeas de prevención del blanqueo. El marco regulatorio sigue evolucionando hasta 2027 — consulte las fuentes primarias (BOE, EUR-Lex, SEPBLAC y su órgano supervisor) y obtenga asesoramiento cualificado antes de actuar.

Preparado para el AMLR antes del 10 de julio de 2027

CompliDesk convierte esta guía en un flujo de trabajo guiado — con las evidencias en el expediente.